jueves, 25 de agosto de 2016

¿PUEDEN DESPEDIRME SI ESTOY DE BAJA?


Todo despido debe tener una justificación y en ningún caso, puede estar fundamentado en el hecho de estar de baja. Lo dice el Tribunal Constitucional que conforme al art. 15 de nuestra Constitución declara la nulidad de cualquier discriminación por estar enfermo. No nos pueden despedir por tener enfermar.
Ahora bien el propio Tribunal Constitucional aclara la posibilidad de extinguir el contrato laboral durante una situación de baja médica. No como causa de despido, pero si puede suceder que la empresa, con otra justificación, por ejemplo: razones económicas (despido objetivo) nos lo aplique mientras estamos de baja médica.
Por otra parte, en la práctica nos encontramos con despidos cuya causa alegada, intenta ocultar la verdadera razón del despido.  No vamos a encontrarnos un despido donde diga “por estar enfermo” sería nulo. Lo normal es encontrarnos con un despido justificado en razones objetivas (económicas, técnicas, organizativas,…) o razones disciplinarias que la empresa no suele ni poder demostrar, pero si “cuela”…se ahorran un despido. Y lo normal es encontrarnos con verdaderas dificultades para demostrar la verdadera razón de nuestro despido. Por lo que difícilmente lograremos la nulidad, eso si la improcedencia suele alcanzarse.
Para rematar la faena no podemos obviar que el art. 52 del Estatuto de los Trabajadores permite al empresario el despido por absentismo aún estando justificado. Hablamos del despido objetivo (indemnizado con 20 días de salario por año de servicio con un tope de 12 mensualidades).
Y es que se le da la posibilidad al empresario de despedirnos justificadamente si:
1.     Faltamos un 20% de las jornadas en 2 meses consecutivos y el total de las faltas de asistencia del año anterior alcanza el 5% de los días de trabajo.
2.     O si faltamos el 25% de las jornadas en 4 meses no consecutivos en un periodo de 12 meses.
Si bien no computan para estas faltas:
·        Los días de huelga legal
·        Las bajas por accidente laboral
·        Maternidad
·        Riesgo durante el embarazo
·        Lactancia
·        Por supuesto los permisos laborales y vacaciones
·        Las derivadas de violencia de género
·        Las bajas de más de 20 días consecutivos por enfermedad o accidente no laboral.


Recuerda para defender tus derechos laborales debes conocerlos, conoce el Estatuto de los Trabajadores:


4 comentarios:

  1. Si... Pobres los que precisan de una baja sin poder evitarla.

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  2. Yo estuve de baja por accidente, laboral y a los tres días, recibo yn mensaje en el movil donde la empresa me había dado de baja.

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  3. Y un despido x mala conducta?? Eso es posible?? Faltas de respeto a los jefes y compañeros e insultos, etc

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  4. Meterle un buen paquete pq de baja no te pueden despedir...Haz q la ley esté d tu parte

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