lunes, 16 de mayo de 2016

EL DESPIDO 2.0



Nuestra actividad en las redes sociales puede ser usada para justificar nuestro despido.

Hace un tiempo, el periodista Juan Nieto publicaba en el diario El Mundo, un interesante artículo sobre las consecuencias del uso de las redes sociales en horario laboral. Y es que, casi sin darnos cuenta, el uso de las nuevas tecnologías y en especial el de las redes sociales se está convirtiendo en algo muy cotidiano que invade nuestras vidas, ahora también en horario laboral, con la consiguiente pérdida de productividad en los puestos de trabajo.
Los empresarios están utilizando las publicaciones y comentarios que los trabajadores realizan en las redes sociales para demostrar que el trabajador dedica parte de la jornada laboral a navegar por las redes sociales.
Se están produciendo las primeras Sentencias en los Juzgados de lo Social, los jueces aceptan mensajes y fotografías difundidas a través de Facebook, Instagram o Twitter para justificar un despido.






Despedido por estar todo el día conectado.


El estatuto de los trabajadores da libertad a los empresarios para que pongan en marcha mecanismos de control que busquen vigilar el cumplimiento por parte de los trabajadores de sus obligaciones. No obstante, existen límites a esa vigilancia y si la empresa tiene un protocolo para el uso de internet para cuestiones personales, el trabajador deberá ceñirse a él. Si no es así, el Supremo condicionó en 2011 la procedencia o no del despido a que esa navegación afectara a la seguridad de la empresa o si se difundían en los perfiles datos que la empresa entiende que son confidenciales o afectan negativamente a su estrategia.

Cuidado con las críticas a compañeros.

Los comentarios que los trabajadores dejan en las redes sociales también pueden incluirse en las causas de un despido. Según el experto laboralista Fabián Valero, en 2010 el TSJ de Castilla y León declaró la procedencia del despido de un trabajador que había amenazado a un ejecutivo en su blog. En 2011, el TSJ de Andalucía también declaró procedente el despido de una trabajadora que colgó fotos de su centro de trabajo identificando en los comentarios, incluso, la ubicación de la caja fuerte.

Estoy de baja, pero me voy al parque de atracciones.

Cada vez son más los casos en que un empresario eleva al juzgado la vida que el trabajador comparte en sus perfiles. En Madrid, el TSJ declaró procedente un despido por las fotos que colgó un empleado que estaba de fiesta mientras estaba de baja por depresión. El Supremo también apoyó el despido de una empleada que el día siguiente de presentar una baja temporal viajó a Madrid en avión y estuvo con unas amigas en un parque de atracciones, tal y como acreditó su reportaje en Facebook. No se utilizó la clave para conseguirlas.

Estamos avisados, seamos inteligentes y hagamos un uso de las nuevas tecnologías que nunca nos perjudique.
Como siempre si algo no te ha quedado claro, puedes plantearlo en la sección SU CONSULTA
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